El desafío constitucional de la transición: convertir las condiciones de facto en condiciones de jure

El desafío constitucional de la transición: convertir las condiciones de facto en condiciones de jure

Por Juan Miguel Matheus

Casi dos meses después de la extracción de Nicolás Maduro del poder, la pregunta central que debemos hacernos es: ¿qué marco jurídico rige el proceso que ahora se desarrolla en Venezuela?

El Secretario de Estado de los Estados Unidos, Marco Rubio, ha delineado tres etapas: estabilización, recuperación y democratización. Estas etapas no tienen un cronograma fijo y pueden solaparse. No son construcciones de jure dentro del derecho constitucional venezolano. Sin embargo, son políticamente reales. Moldean incentivos, decisiones y expectativas.

El desafío que tenemos por delante es, por tanto, una operación política y jurídica delicada: convertir aquello que, siendo útil para la democratización, pertenece hoy al plano de facto en legitimidad de jure; y dejar de lado aquello que no contribuya a la restauración democrática.

Antes de sugerir cómo intentar alcanzar ese objetivo, quiero enmarcar la situación actual con tres premisas.

Primero, el estado de cosas. Venezuela todavía contiene un remanente autocrático casi intacto de la dictadura, encabezado por el rodrigato — los hermanos Rodríguez y su red institucional. Junto a ese remanente existe una forma de tutela externa, proveniente de los Estados Unidos, que incide en el proceso de transición. Y, de manera crítica, hay una oposición democrática que representa al pueblo venezolano y lucha por integrarse plenamente al proceso en curso.

Segundo, lo que ha comenzado en Venezuela no tiene precedentes. No encaja en los modelos clásicos de cambio político. No se trata de una ruptura limpia seguida de una inauguración democrática. Es una ruptura parcial, una fractura estructural, que aún no se ha cristalizado en un momento fundacional democrático.

Tercero, la teoría de cambio emergente se asemeja a lo que Javier Corrales ha descrito como “State coaching”. Actores externos ofrecen orientación y apoyo condicionado para la reconfiguración institucional. Si esa es la lógica operativa, entonces el anclaje constitucional se vuelve indispensable. El acompañamiento internacional sin anclaje constitucional corre el riesgo de generar dependencia en lugar de soberanía.

Con ese marco en mente, paso a delinear algunas prioridades para transformar condiciones de facto en orden constitucional de jure.

Primero, el marco constitucional debe ser la Constitución de 1999. Más allá de sus distorsiones autoritarias en la práctica, sigue siendo el pacto soberano de convivencia del pueblo venezolano. Debe ser el instrumento de la democratización. Sin experimentos constitucionales.

Segundo, la democratización implica necesariamente la renovación de los poderes públicos del Estado: la Asamblea Nacional, el Tribunal Supremo de Justicia, el Consejo Nacional Electoral, el Poder Ciudadano, los gobernadores, los alcaldes y, por supuesto, la Presidencia. La reforma judicial y la reestructuración de la administración pública serán indispensables. Elecciones sin renovación institucional equivaldrían simplemente a repintar estructuras autoritarias.

Tercero, la Fuerza Armada debe ser reconstituida constitucionalmente. Debe reingresar al proceso democrático subordinada a la autoridad civil y al mandato constitucional. Esto es esencial no solo para el equilibrio interno, sino para restaurar la soberanía territorial, derrotar al crimen organizado y desmantelar la presencia arraigada de actores autoritarios externos: rusos, cubanos, iranies. Una democratización sin control soberano del territorio comprometería el futuro democrático de Venezuela.

Cuarto, la claridad respecto a la autoridad ejecutiva es urgente. Nicolás Maduro no regresará. Desde el 5 de enero —cuando Delcy Rodríguez fue juramentada ante la Asamblea Nacional de facto— ha comenzado a correr un reloj constitucional. Debemos estar en tiempos de elecciones el segundo semestre de 2025. La ambigüedad prolongada sobre la titularidad del Ejecutivo genera inestabilidad. La claridad jurídica estabiliza expectativas y disciplina a los actores políticos.

Quinto, Venezuela necesita certeza respecto a un calendario electoral presidencial, legislativo, regional y local. Más importante que la inmediatez es la certeza. Una fecha fija reduciría la ansiedad colectiva y activaría fuerzas democratizadoras dentro de la sociedad civil.

El Secretario Rubio afirmó el 26 de febrero que “para que Venezuela atraiga la inversión que necesita para reconstruir su economía, deberá legitimar su gobierno a través de una elección”. Esa afirmación captura el nexo entre legalidad, legitimidad y recuperación económica. La inversión, también en materia energética, requiere certeza constitucional.

Sexto, las elecciones libres requieren pasos preparatorios inmediatos: el retorno seguro de los exiliados, la restitución de los partidos políticos a sus autoridades legítimas y el levantamiento de las inhabilitaciones políticas que impiden a figuras de la oposición postularse a cargos públicos. Sin pluralismo, las elecciones serían meramente procedimentales, pero no democráticas.

Finalmente, los derechos humanos deben ser plenamente restablecidos, sin recurrir a dispositivos jurídicos cosméticos como la llamada ley de amnistía adoptada por la legislatura de facto. Una democratización genuina exige verdad, justicia y garantías institucionales de no repetición.

Concluyo con lo siguiente:

Venezuela se encuentra en un raro interregno constitucional. Los arreglos de poder de facto son claros. Pero esa claridad puede consolidarse en un autoritarismo renovado o cristalizar en legalidad democrática.

La transformación de una transición de facto en un orden constitucional de jure exigirá voluntad política interna e internacional. Como observó alguna vez un sabio constitucionalista alemán, la garantía más fuerte de una Constitución no es su texto, sino la voluntad de los actores políticos de cumplirla.

Si esa voluntad se concreta, la ruptura parcial podrá convertirse en un momento fundacional democrático. Si no, la ambigüedad se endurecerá en un autoritarismo tutelado. La pregunta que tenemos por delante es si este momento será constitucionalizado. Estoy seguro de que sí.